Otras pequeñas medidas que ha supuesto la última subida de las cuotas sociales

Si bien, todas las empresas, conocen y han podido experimentar los cambios que han supuesto las modificaciones introducidas en el Real Decreto Ley 16/2013, con la subida en las cuotas de autónomos y la cotización de muchos conceptos que hasta ahora no se incluían en la base de cotización mensual de los empleados; también se han introducido otras peculiaridades que van a exigir un mayor control y trabajo burocrático para las empresas.

Particularmente, se introduce una nueva exigencia para el control de la empleabilidad de los contratos a tiempo parcial con el objeto de favorecer la contratación estable y mejorar las condiciones de los trabajadores.

A partir de ahora, en la regulación de los contratos a tiempo parcial en el Estatuto de los Trabajadores queda modificada de la siguiente forma:

“…la jornada de los trabajadores a tiempo parcial se registrará día a día y se totalizará mensualmente, entregando copia al trabajador, junto con el recibo de salarios, del resumen de todas las horas realizadas en cada mes, tanto las ordinarias como las complementarias. El empresario deberá conservar los resúmenes mensuales de los registros de jornada durante un periodo mínimo de cuatro años. En caso de incumplimiento de las referidas obligaciones de registro, el contrato se presumirá a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite el carácter parcial de los servicios.”

Izco y Galván asesores

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