Cómo realizar mis envíos a Canarias

Canarias está reconocida como región ultraperiférica de la Unión Europea en el artículo 349 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

Cuando enviemos mercancía a las Islas Canarias debemos tener en cuenta que, si bien el archipiélago forma parte del territorio aduanero común de la UE, goza de un régimen económico-fiscal especial, propio de su acervo histórico.

En el ámbito de la imposición indirecta no se aplican el Impuesto sobre el Valor Añadido ni algunos impuestos especiales, y en cambio Canarias tiene establecidos dos impuestos indirectos propios canarios: el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) y el Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en Canarias (AIEM) , además de algún impuesto especial propio.

Por este motivo al realizar una expedición a las Islas Canarias debemos seguir los siguientes pasos y cumplir los siguientes requisitos:

– Tanto el expedidor de la península como el introductor de Canarias deben estar dados de alta en el Registro EORI (Número de Registro e Identificación de Operadores Económicos) de la Agencia Tributaria. Para obtenerlo en La Rioja debemos contactar en el teléfono 941 248500, y seleccionar la Opción “Aduanas e Impuestos Especiales”.

En el caso de que dispongamos de firma digital el número EORI se puede solicitar telemáticamente.

– Las facturas a Canarias se emitirán sin IVA.

– El envío logístico de la mercancía generará un DUA de expedición T2LF a su salida de la Península, al ser despachado para su envío marítimo o aéreo. El expedidor deberá conservar este documento junto a su factura para justificar frente a Hacienda la no inclusión del IVA en factura.

– A su llegada a Canarias la expedición generará un DUA de introducción T2LF, que permitirá al destinatario canario despachar la mercancía a consumo en Canarias, para lo que tendrá que liquidar el IGIC (Impuesto General Indirecto Canario), que sería del 7% si fuera de aplicación el tipo general (también existen tipos especiales del 0%, del 2,75%, 3%, 7%, 9,5%, 13,5% y hasta del 20%).

– Otro Impuesto que puede pagar la mercancía a su llegada a Canarias es el A.I.E.M (Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en las islas Canarias). La filosofía para la aplicación de este arbitrio es la protección mediante la aplicación de barreras arancelarias de determinados productos que se fabriquen (o pudieran fabricarse) en las Islas Canarias. Dependiendo de la partida arancelaria, este Arbitrio oscila entre el 5 y el 15% sobre el valor en Aduanas del producto. (El valor en Aduanas es la suma del valor FOB + el Transporte + el Seguro).

¿Tienes alguna duda sobre tus envíos a Canarias? ¡Te asesoramos!.

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