Empresas industriales, extractivas y/o transformadoras y de servicios, así como el comercio mayorista y minorista.
No serán subvencionables las actividades inmobiliarias, de alquiler, de construcción de edificios y de intermediación financiera.
Serán subvencionables las inversiones en activos fijos financiadas mediante préstamos y contratos de arrendamiento financiero suscritos con entidades con las que la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja haya formalizado el correspondiente Convenio.
Los préstamos o contratos de arrendamiento financiero deberán ser formalizados con posterioridad a la solicitud de ayuda.
También serán subvencionables aquellos proyectos de inversión cuyos préstamos o contratos de arrendamiento financiero, habiendo sido firmados con entidades financieras con las que la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja haya firmado convenio, obtengan un aval financiero de una sociedad de garantía recíproca.
Inversión mínima: 8.000 euros para aquellos proyectos de inversión llevados a cabo por nuevas empresas.
http://www.ader.es/servicios/financiacion/linea-fin/