Personas físicas, agrupaciones privadas de las mismas y comunidades de bienes.
El titular de la actividad deberá estar empadronado y residir con carácter continuado donde radique la casa rural.
1. Las inversiones turísticas realizadas, destinadas a la construcción, rehabilitación y equipamiento de inmuebles para habilitarlos como casas rurales.
2. Las inversiones realizadas para mejora y ampliación de casas rurales autorizadas.
Más Información:
http://www.larioja.org/npRioja/default/defaultpage.jsp?idtab=443895